Accidentes y lesiones

Abogado de negligencia médica en Long Beach

Un mal resultado no es negligencia médica. Un mal resultado que un médico, una enfermera o un hospital cuidadosos habrían evitado sí lo es, y California ha construido alrededor de estos casos un conjunto de reglas que atrapan a las familias que esperan. La consulta es gratis.

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El reclamo

Qué tiene que probar un reclamo por negligencia médica

La negligencia médica (mala práctica médica) es negligencia profesional: un proveedor de salud no usó la habilidad y el cuidado que un proveedor razonablemente cuidadoso del mismo campo habría usado en las mismas circunstancias, y esa falla causó una lesión que el paciente de otro modo no habría sufrido. Cada uno de esos elementos tiene que probarse con el testimonio de un perito médico calificado. El relato del propio paciente, por claro que sea, no establece el estándar de cuidado, y un caso no puede presentarse de manera responsable hasta que un médico del campo pertinente haya revisado los expedientes y haya dicho que la atención estuvo por debajo de ese estándar.

Otras dos teorías aparecen con frecuencia. La falta de consentimiento informado, cuando un proveedor no reveló un riesgo que un paciente razonable habría querido conocer antes de aceptar el tratamiento. Y, en una clase reducida de casos, una lesión que sencillamente no ocurre sin negligencia, como un instrumento olvidado dentro del paciente, donde el resultado mismo es la evidencia.

Fuentes: Código de Procedimiento Civil 340.5, un año desde el descubrimiento y tres años como máximo; Código de Procedimiento Civil 364(a), aviso de 90 días antes de demandar; Código Civil 3333.2(b), (g), el tope de daños no económicos: $470,000 en 2026; Código de Procedimiento Civil 1295, el acuerdo de arbitraje y los 30 días para rescindirlo.

Los casos

Los errores que producen reclamos

  • Diagnóstico equivocado o tardío de cáncer, derrame cerebral, infarto o infección, cuando el tiempo era el tratamiento
  • Errores quirúrgicos: el sitio equivocado, el procedimiento equivocado, un nervio o un órgano dañado, un instrumento o una gasa olvidados dentro del cuerpo
  • Errores de medicación: el medicamento equivocado, la dosis equivocada o una interacción conocida que no se detectó
  • Errores de anestesia y fallas en el monitoreo durante y después de un procedimiento
  • Lesiones de parto a la madre o al bebé por una intervención tardía o un parto mal manejado
  • Errores en la sala de emergencias, incluido dar de alta a un paciente que debió quedar internado
  • Resultados de exámenes que nunca se leyeron, nunca se informaron o nunca se atendieron
  • Infecciones adquiridas en el hospital y úlceras por presión (llagas de cama) por una atención inadecuada

Los topes

Qué limita California, y qué no

El Código Civil 3333.2 limita los daños no económicos, es decir, el dolor, el sufrimiento, la desfiguración y la pérdida del disfrute de la vida, que pueden recuperarse en un caso de negligencia médica. La Legislatura elevó esos límites en 2022, con vigencia desde 2023, y suben cada enero. Para un caso en 2026, los topes son de $470,000 por una lesión y de $650,000 por una muerte por negligencia (wrongful death), y aumentan $40,000 y $50,000 respectivamente cada año hasta llegar a $750,000 y $1,000,000, y después se ajustan por inflación. La ley fija topes separados para los proveedores de salud, para las instituciones de salud y para los proveedores o instituciones no afiliados, así que en un mismo caso puede aplicar más de un tope.

Los daños económicos no tienen tope: las facturas médicas ya generadas, la atención futura que la lesión va a requerir, los ingresos perdidos y la capacidad perdida de generar ingresos se recuperan por completo. Por eso un caso de negligencia médica se construye sobre el registro económico, y por eso la documentación de la atención futura, a través de los médicos tratantes y, cuando se justifica, de un “life-care plan” (un plan detallado del cuidado que la persona va a necesitar de por vida y de su costo), es el trabajo que determina cuánto vale el caso.

Plazos

Un año, tres años, noventa días y seis meses

Un año desde el descubrimiento, tres años desde la lesión

El Código de Procedimiento Civil 340.5 exige que una demanda por negligencia médica se presente dentro de un año a partir de la fecha en que el paciente descubrió, o razonablemente debió haber descubierto, la lesión, y nunca más de tres años después de la lesión misma, lo que ocurra primero. El límite de tres años se extiende solo por fraude, ocultamiento intencional o un objeto extraño dejado dentro del cuerpo.

Menores

El reclamo de un menor debe presentarse dentro de los tres años siguientes al acto negligente. Un niño lesionado antes de los seis años tiene hasta su octavo cumpleaños si eso le da más tiempo. Los casos de lesiones de parto corren con este reloj.

Aviso de noventa días antes de demandar

El Código de Procedimiento Civil 364 exige un aviso por escrito de la intención de demandar al menos 90 días antes de presentar la demanda, describiendo el fundamento legal y las lesiones. Entregar el aviso en los últimos 90 días del plazo de prescripción extiende la fecha límite 90 días.

Seis meses si el proveedor es público

La atención en un centro del condado como LA General Medical Center o Harbor-UCLA, o en una clínica pública, requiere un reclamo administrativo por escrito dentro de seis meses bajo el Código de Gobierno 911.2 antes de cualquier demanda. Si se pasa ese plazo, el caso por lo general se acaba.

El reloj de un año empieza cuando usted supo o debió haber sabido que algo salió mal, no cuando un abogado lo confirma. Anote la fecha en que sospechó un problema por primera vez y trátela como el inicio del año.

Arbitraje

Los miembros de Kaiser y la cláusula de arbitraje

Muchos proveedores de California, y Kaiser Permanente en particular, exigen que los pacientes acepten por adelantado que las disputas por negligencia médica se decidan por arbitraje y no en la corte. El Código de Procedimiento Civil 1295 rige esos acuerdos: la cláusula debe llevar un aviso específico en letra roja y en negrita encima de la línea de firma, y el paciente puede rescindirla por escrito dentro de los 30 días siguientes a la firma. Cuando existe un acuerdo válido, el caso lo escucha un árbitro en lugar de un jurado, con sus propios procedimientos de presentación y su propio calendario.

El arbitraje cambia el foro, no el reclamo. El estándar de cuidado, el requisito del perito médico, los topes a los daños y los plazos aplican exactamente igual que en la Corte Superior, y los periodos del aviso y de prescripción siguen corriendo.

Qué está en juego

Qué cubre un reclamo por negligencia médica, y qué no

El reclamo cubre las pérdidas económicas por completo y las pérdidas no económicas hasta el tope: el tratamiento correctivo, la atención futura que el error hizo necesaria, los ingresos y la capacidad de generar ingresos perdidos, y el dolor, la discapacidad y la desfiguración con los que el paciente vive. El reclamo de una familia por muerte por negligencia cubre sus propias pérdidas. Una queja ante la Junta Médica de California (Medical Board) sobre la licencia del proveedor es un proceso separado que puede sancionar al proveedor pero no compensa a nadie; los dos pueden avanzar juntos, y con frecuencia deben hacerlo.

Las primeras semanas

Qué hacer ahora

Obtenga el expediente completo

California da a los pacientes el derecho de revisar y copiar sus expedientes médicos. Pida por escrito el expediente completo a cada proveedor involucrado, incluidas las imágenes, los resultados de laboratorio, las notas de enfermería y el reporte operatorio, antes de que alguien sepa que viene un reclamo.

Escriba la cronología

Las fechas de las visitas, a quién vio, qué le dijeron, qué le recetaron y cuándo se dio cuenta por primera vez de que algo estaba mal. La memoria de una estancia en el hospital se borra rápido.

Haga que le traten la condición

Una segunda opinión de un proveedor no afiliado protege su salud y, al mismo tiempo, documenta la lesión de manera independiente.

No firme ni acepte nada

A veces los hospitales ofrecen perdonar una factura o hacer un pago de buena voluntad a cambio de una liberación de responsabilidad. No la firme, y no dé una declaración grabada al gerente de riesgos ni a la aseguradora del proveedor.

La oficina

Cómo maneja Law Offices of Patrick S. Aguirre los casos de negligencia médica

Un caso de negligencia médica empieza con los expedientes y una revisión médica independiente; la oficina no presenta un reclamo que un médico calificado no haya respaldado. Cuando la revisión respalda el caso, la oficina entrega el aviso de 90 días, presenta cualquier reclamo administrativo requerido dentro de los seis meses y procede en la Corte Superior de Los Ángeles o, cuando un acuerdo válido lo exige, en arbitraje. Las pérdidas económicas se documentan a través de los médicos tratantes y, cuando la lesión es duradera, de un life-care plan, porque esa es la parte de la recuperación que la ley no limita.

La oficina ha representado a personas lesionadas en Long Beach y en todo el Condado de Los Ángeles durante casi tres décadas. La firma ahora tiene oficinas en Long Beach y Downey, y la oficina habla español.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

El médico dijo que lo que pasó fue una complicación conocida. ¿Eso termina el caso?

No. Un riesgo conocido que se reveló y que ocurrió a pesar de una atención correcta normalmente no es negligencia médica. Un riesgo conocido que ocurrió porque la atención estuvo por debajo del estándar, o que nunca se reveló cuando debió revelarse, sí puede serlo. Esa distinción la hace un perito médico que revisa los expedientes, no el proveedor al que se le está preguntando.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por negligencia médica en California?

Un año desde que descubrió o debió haber descubierto la lesión, y en ningún caso más de tres años desde la lesión, con excepciones limitadas. Antes de demandar hay que entregar un aviso de 90 días, y un reclamo contra un hospital del condado requiere un reclamo administrativo dentro de seis meses. Como el reloj de un año empieza con el descubrimiento, lo más seguro es asumir que ya está corriendo.

¿Hay un límite a lo que puedo recuperar?

Los daños no económicos tienen tope bajo el Código Civil 3333.2: $470,000 por una lesión y $650,000 por una muerte por negligencia en 2026, y suben cada año, con topes separados para proveedores, instituciones y demandados no afiliados. Los daños económicos, incluida toda la atención médica futura y los ingresos perdidos, no tienen tope.

Soy miembro de Kaiser. ¿Puedo presentar un reclamo de todos modos?

Sí. Los miembros de Kaiser por lo general deben presentar sus reclamos por negligencia médica a través del sistema de arbitraje de Kaiser y no en la corte, bajo un acuerdo regido por el Código de Procedimiento Civil 1295. El reclamo, el requisito del perito médico, los topes y los plazos son los mismos; el foro es distinto.

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Experiencias de clientes

Lo que dicen los clientes

4.6 de 41 reseñas de Google

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Jenna P. Accidentes y lesiones · Reseña de Google

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Miguel G. Accidentes y lesiones · Reseña de Google

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Andrea K. Reseña de Yelp
Patrick S. Aguirre, abogado
Patrick S. Aguirre Abogado de defensa criminal y de accidentes en Long Beach, California
Reconocimientos: American Institute of Trial Lawyers, National Trial Lawyers Top 100, Lawyers of Distinction 2019 y 10 Best Attorneys

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Somos el equipo legal que no se rinde. Cuando necesite un abogado que luche por lo justo, acuda a nosotros y haremos todo lo que esté a nuestro alcance para ayudarle. Por difícil que parezca su situación, hay esperanza.

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